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sábado, octubre 15, 2005

Los profesores...de religión


Salta a la vista que los trabajadores de este país no están contentos con la actual política laboral de Zpeitor y sus secuaces, pero si hay un colectivo especialmente marginado y vilipendiado es el de los profesores de religión de la enseñanza pública. Por no ser, dentro del marco legal, no son considerados ni profesores. Su estatuto laboral se define en el mejor de los casos como "trabajadores en una situación extraña", aunque en los contratos conste como laboral docente, pero para la administración pública, estos profesores son personal laboral, mientras que para los encargados del personal laboral son profesores... ¿en qué quedamos?

Que yo sepa, por otro lado, estos trabajadores que están en sus centros desde el uno de septiembre, aún, no sólo no han firmado sus contratos (si les pasa algo nadie responde por ellos ya que legalmente no están trabajando), sino que llevan dos meses sin recibir su sueldo y puede que la situación llegue hasta final de noviembre, es decir, ESTARÁN TRES MESES SIN COBRAR, y ya me dirán cómo se puede llevar para adelante una familia en la cual no entra ni un duro durante ese tiempo, porque la luz, el agua, el gas, la comunidad, el teléfono, la hipoteca (también tienen derecho a tener su casa), el coche, la gasolina, los niños, los libros... siguen llegando. Claro, pero el delegado provincial de educación no tiempo para firmar estos contratos y darles salida, ¿qué pasaría si estuviera el tal delegado tres meses sin cobrar? Sólo es una pregunta.

A pesar de esto, que ya hacen maravillas para subsistir y lo tienen más que asumido, hay que hacer frente a las continuas descalificaciones por parte de la administración pública cuando se trata de reconocer los méritos de los profesores de religión. Por ejemplo, si alguno osa presentarse a la oposiciones para cualquier especialidad, sus años de docencia, sean los que sean, no son reconocidos como tales porque, según dicen, la religión no es un área mínima admitida dentro del currículo, y se preguntarán ¿qué han estado entonces haciendo esos profesores durante sus años de docencia? Para la administración la respuesta es sencilla, NADA. Total, que cualquier profesor al que se le ha dado una hora de alternativa a la religión porque le faltaban horas para completar su horario y lo único que hace es dejar que esos alumnos hagan literalmente lo que les dé la gana, se le reconocen sus horas de docencia, mientras que a los de religión, NO. Pues hay que joderse, perdón por lo de hay que.

Si algún profesor de religión solicita la exención del CAP (título necesario para dar clases en la escuela pública consistente en una fase de aprendizaje pedagógico y psicológico y otra fase de prácticas) porque se quiere presentar a las tales oposiciones, no se le otorga por la simple razón de que sus clases no son tales ¿entonces qué son? La administración se agarra a una ley en la que no está estipulada esta negativa, pero, en cambio, después de muchos años de docencia, de trabajar con adolescentes dentro y fuera de un aula, de programar seriamente los cursos, después de realizar cientos de horas de formación permanente, a los profesores de religión se les exige que aprendan a dar clases dando prácticas fuera de su horario de trabajo, a estudiar el perfil psicológico de los alumnos y a empaparse de los criterios pedagógicos que se han de tener en cuenta en las clases... y encima tener que pagar una pasta por ello sin haber cobrado aún. Pues hay que joderse.

La pregunta es, ¿por qué en algunas comunidades autónomas se conceden estos derechos y otras no, por ejemplo Andalucía, si la ley es la misma para todo el territorio nacional? Piensen ustedes. Independientemente de que uno esté de acuerdo o no con las clases de religión en la enseñanza pública, no se puede negar el derecho de unos trabajadores a ser tratados como tales, y a reconocer sus méritos. Incluso, en el debate de la LOE propuesta por el PSOE, se realizó una consulta pública que decía: "¿Cree usted que los profesores de religión deberían de estar dentro del estatuto de los trabajadores?" Si este estatuto es el que regula cualquier trabajo en España, entonces la duda consistía en ver si el profesor de religión era trabajador o no, y si se responde que no... no quiero ni pensarlo.

Y ¿por qué un profesor de religión quiere presentarse a las oposiciones? Primero, porque es titulado, diplomado o licenciado, como cualquier profesor. Segundo, porque, a pesar de realizar una labor insustituible en los centros, a mi entender, han de luchar por el futuro de sus familias y por su estabilidad laboral. Tercero, porque ninguna entidad superior da la cara por ellos, al contrario, se les exige continuamente aquello que ya no pueden dar, ya sea laboralmente, ya moralmente.

En definitiva, son diecisietemil profesores en España los que se encuentran en esta situación, a punto de ser mandados al ... garete. Quizas, la única solución que les quede sea salir a la calle encapuchados, quemar contenedores y neumáticos y tirales tornillos con tirachinas a las fuerzas del orden público, a lo mejor hasta se les escucharía, y, por supuesto, saldrían en las noticias.

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